¿Como Adquirir un Dominio .edu.co?

Se denomina dominio de solicitante restringido a los registros con terminación .edu.co, .org.co, .gov.co y mil.co, estas extensiones son restringidas ya que únicamente pueden ser asignados a entidades y/o instituciones que cumplen con determinados requisitos. Las políticas de administración del dominio .CO asignadas por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, indican que dependiendo del tipo de dominio, deben cumplir con la siguiente documentación:

Es importante resaltar que el registro en .org.co, gov.co, .edu.co y .mil.co requiere de un control (revisión de documentos) por parte del Administrador (.CO Internet).

El registro de nombres de dominio bajo .edu.co sólo podrá ser solicitado por instituciones del sector educativo colombiano, reconocidas por el Ministerio de Educación Nacional.

Las instituciones privadas deben realizar el pago del registro, mientras que las Instituciones de carácter público, no deben realizar ningún pago por el registro y/o renovación del dominio, Los documentos que deben soportar la solicitud para su activación son:

 

RUT de la entidad

Debe tener fecha de generación no mayor a 6 meses. Solo se acepta PDF oficial descargado desde la DIAN, con fecha de expedición visible. No se aceptan imágenes, capturas o documentos editados.


Carta de solicitud del dominio

Debe incluir los datos de uno (1) o dos (2) contactos directivos, que puedan ser contactados por correo electrónico.

La carta debe:
A. Estar dirigida a la entidad administradora del dominio (registrocolombia.co).
B. Indicar claramente el nombre del dominio solicitado.
C. Tener la razón social exactamente igual a la registrada en el RUT adjunto.
E. Estar firmada por el Representante Legal o por un tercero autorizado, adjuntando el documento que lo acredite.
F. Tener fecha de emisión reciente (no mayor a 30 días).
G. Presentarse en papelería oficial de la entidad, con membrete y/o logo si aplica.
H. Estar legible y sin tachaduras o alteraciones.
 

Documentos adicionales para .EDU.CO

Todos estos documentos deben subirse unificados en un solo archivo PDF. Se deben adjuntar según el tipo de institución educativa.

**Instituciones Educativas de Educación Básica y Media:**
- Copia de la Resolución del Ministerio de Educación que otorga Licencia de Funcionamiento o Reconocimiento Oficial de estudios.

**Instituciones Educativas para el Trabajo y el Desarrollo Humano (ETDH) y Universidades:**
- Copia de la Resolución del Ministerio de Educación que otorga Licencia de Funcionamiento o Reconocimiento Oficial de estudios.

**Instituciones Educativas de naturaleza Informal (Presencial o Virtual):**
- Descripción de los cursos ofrecidos. (Obligatorio para todas)
- Concepto de uso de suelo del establecimiento de comercio. (Presencial)
- Certificado de intensidad horaria. (Presencial)
- Certificado de paz y salvo de derechos de autor. (Obligatorio para todas)
- Certificado de existencia y representación legal con matrícula mercantil renovada. (Obligatorio para todas)
- Certificado de establecimiento de comercio con matrícula mercantil renovada. (Presencial / semipresencial)
- Certificado de seguridad. (Presencial)
- Concepto sanitario favorable. (Presencial)
- Registro de Información Tributaria (RIT). (Obligatorio para todas)


Conexcol actúa exclusivamente como intermediario en la radicación y gestión de la solicitud ante el Operador del Registro; la validación y aprobación final corresponde al Operador, designado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) mediante la Resolución No. 03027 del 24 de julio de 2025, que adjudicó la operación al Consorcio Equipo PuntoCo.


El proceso de registro inicia ingresando al portal de registro, el usuario envía la documentación requerida digitalizada, una vez se recibe la documentación se procede con la validación y verificación de acuerdo con las políticas establecidas para tal fin.

El proceso de revisión y validación por parte del Operador puede tardar hasta 45 días calendario contados desde la recepción completa de la documentación.

Mientras el proceso de verificación de documentación sigue su curso, los registrantes de dominio de solicitante restringido no podrán ver el dominio como activo y este no será tomado como tal, hasta el cumplimiento total de los requisitos de la documentación.

Si la documentación cumple, se notifica al registrante los pasos a seguir para finalizar la activación del nombre de dominio.


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